Aspectos Pensionales Relevantes de la Ley 100 de 1993
La Ley 100 de 1993 es la base del sistema de seguridad social en Colombia, incluyendo el régimen pensional. Esta ley establece dos regímenes principales: el Régimen de Prima Media con Prestación Definida (RPM) y el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS). A continuación, exploraremos los aspectos más relevantes de esta ley y cómo afectan tu futuro pensional.
Estructura del Sistema Pensional según la Ley 100
La Ley 100 de 1993 creó un sistema pensional basado en dos regímenes:
- Régimen de Prima Media con Prestación Definida (RPM): Administrado por Colpensiones, es un sistema de reparto donde las cotizaciones de los trabajadores activos financian las pensiones de los actuales jubilados.
- Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS): Administrado por fondos privados de pensiones, donde las cotizaciones van a cuentas individuales y la pensión depende del capital acumulado en cada cuenta.
Requisitos para la Pensión de Vejez en el RPM
Para acceder a la pensión de vejez en el Régimen de Prima Media, los requisitos son:
- Edad: 57 años para mujeres y 62 años para hombres.
- Semanas Cotizadas: 1,300 semanas.
La pensión se calcula con base en el promedio de los salarios cotizados durante los últimos 10 años. Este promedio se multiplica por un porcentaje determinado por la cantidad de semanas cotizadas y el ingreso base de cotización (IBC), oscilando entre el 55% y el 80% del promedio salarial, con un mínimo garantizado de un salario mínimo mensual legal vigente (SMMLV).
Requisitos para la Pensión de Vejez en el RAIS
En el Régimen de Ahorro Individual, los requisitos son más flexibles:
- Edad y Semanas: No hay requisitos fijos de edad o semanas cotizadas.
- Capital Acumulado: El afiliado debe tener en su cuenta individual el capital suficiente para financiar una pensión equivalente al 110% del SMMLV.
Pensión de Invalidez
La Ley 100 también regula la pensión de invalidez para aquellos con una pérdida de capacidad laboral igual o superior al 50%. Los requisitos son:
- Invalidez Dictaminada: Pérdida de capacidad laboral del 50% o más.
- Semanas Cotizadas: 50 semanas dentro de los 3 años anteriores a la fecha de estructuración de la invalidez. Para menores de 20 años, se requieren 26 semanas en el último año.
Pensión de Sobrevivientes
La pensión de sobrevivientes se otorga a los beneficiarios de un afiliado fallecido que no estaba pensionado pero sí cotizaba al sistema:
- Semanas Cotizadas del Afiliado Fallecido: 50 semanas dentro de los 3 años anteriores al fallecimiento.
Beneficiarios:
- Cónyuge o Compañero(a) Permanente: Vitalicia si tiene 30 años o más, o si tiene hijos con el fallecido. Temporal hasta por 20 años si es menor de 30 años y sin hijos.
- Hijos: Menores de 18 años; mayores de 18 y hasta 25 años si son estudiantes y dependían económicamente; con discapacidad de cualquier edad.
- Padres: Si dependían económicamente del afiliado fallecido y no hay cónyuge o hijos con derechos.
- Hermanos con Discapacidad: Si no hay otros beneficiarios y tienen una pérdida de capacidad laboral igual o superior al 50%.
Sistema de Cotización
En Colpensiones, las cotizaciones van a un fondo común del que se pagan las pensiones de los actuales jubilados. En los fondos privados, las cotizaciones se depositan en cuentas individuales y se invierten para generar rendimientos.
Garantía de Pensión Mínima
La Ley 100 también contempla la garantía de pensión mínima para aquellos que, habiendo cotizado el mínimo de semanas (1,150 semanas), no alcanzan a acumular el capital necesario en su cuenta individual para financiar una pensión del 110% del SMMLV. En estos casos, el Estado complementa la pensión para alcanzar este mínimo.
Sentencia SL 138 de 2024
La Sentencia SL 138 de 2024 de la Corte Suprema de Justicia establece que un año de cotización equivale a 52.14 semanas, lo cual puede ser relevante para aquellos a quienes se les haya negado la pensión de invalidez o de sobrevivientes por no acreditar las semanas necesarias. Es importante revisar y recalcular las semanas cotizadas con esta nueva metodología.
Conclusión
Conocer los aspectos relevantes de la Ley 100 de 1993 es fundamental para entender tu futuro pensional en Colombia. Esta ley ofrece diferentes caminos para acceder a una pensión, dependiendo de si estás afiliado a Colpensiones o a un fondo privado. Evaluar tu situación personal y, de ser necesario, buscar asesoría profesional puede ayudarte a tomar decisiones informadas y asegurar una vejez digna y económicamente estable.
FAQs
¿Cuáles son los requisitos para la pensión de vejez en el RPM?
Edad mínima de 57 años para mujeres y 62 años para hombres, y 1,300 semanas cotizadas.
¿Cómo se calcula la pensión en el RPM?
Se basa en el promedio de los salarios cotizados en los últimos 10 años, multiplicado por un porcentaje que depende de las semanas cotizadas y el IBC.
¿Qué es la garantía de pensión mínima?
Es una garantía que asegura una pensión mínima del 110% del SMMLV para quienes hayan cotizado al menos 1,150 semanas pero no acumulen el capital necesario en su cuenta individual.
¿Qué son las semanas cotizadas según la Sentencia SL 138 de 2024?
La sentencia establece que un año de cotización equivale a 52.14 semanas, lo cual puede ser relevante para recalcular las semanas necesarias para pensiones de invalidez o sobrevivientes.
¿Quiénes pueden ser beneficiarios de la pensión de sobrevivientes?
Cónyuge o compañero(a) permanente, hijos menores de 18 años o mayores hasta 25 años si son estudiantes y dependían del fallecido, padres que dependían económicamente y hermanos con discapacidad si no hay otros beneficiarios.
¿Qué es el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS)?
Es un régimen donde las cotizaciones se depositan en cuentas individuales y la pensión depende del capital acumulado y los rendimientos generados.